Toda España · BOE · DA 50.ª LIRPF y RDL 7/2026
Deducción IRPF por obras de eficiencia energética (20 %, 40 % y 60 %)
Deducción en la declaración de la renta por reducir la demanda de calefacción y refrigeración (20 %), el consumo de energía primaria no renovable (40 %) o por obras en el edificio (60 %). Calcúlala en la pestaña IRPF.
| Quién la da | Agencia Tributaria |
|---|---|
| Dónde | Toda España |
| Cuánto | Hasta 9.000 € de deducción |
| Plazo | Abierta hasta el 31 de diciembre de 2026 |
| Para | particulares (tu casa o piso) y comunidades de propietarios |
| Tipo de obra | Eficiencia energética y aislamiento, Ventanas y cerramientos, Aerotermia y calefacción, Placas solares y autoconsumo |
| ¿Desgrava en el IRPF? | Sí, si la obra mejora la eficiencia energética |
Prepárala paso a paso en la app Ver la convocatoria oficial
Requisitos
- Vivienda habitual o en alquiler (20 % y 40 %); edificio residencial (60 %)
- Certificado de eficiencia energética antes y después de la obra
- Pago con tarjeta, transferencia o cheque nominativo, nunca en efectivo
- Facturas a nombre del contribuyente
Documentos que necesitas
- Certificado energético inicial
- Certificado energético final
- Facturas de la obra
- Justificantes de pago bancario
Cómo se pide
- Pide el certificado energético antes de empezar
- Haz la obra y guarda facturas y justificantes
- Registra el certificado final en tu comunidad
- Aplica la deducción en Renta Web el año en que se expide el certificado final
¿Necesitas licencia o basta con declaración responsable?
- Eficiencia energética y aislamiento: Aislar por dentro: declaración responsable. Aislar la fachada o el tejado por fuera: licencia en muchos municipios.
- Ventanas y cerramientos: Declaración responsable si mantienes el aspecto de la fachada. Si lo cambias, licencia y permiso de la comunidad.
- Aerotermia y calefacción: Declaración responsable. Si la máquina exterior va en la fachada o en el tejado común, avisa también a la comunidad.
- Placas solares y autoconsumo: En la mayoría de comunidades basta con declaración responsable o comunicación previa. En edificios protegidos o suelo rústico, licencia.
Lo decide cada ayuntamiento: confírmalo antes de empezar la obra.
Información revisada el 25 de octubre de 2026.