Comunitat Valenciana · BDNS nº 935567
Reparación de fachadas dañadas por la DANA en la C. Valenciana
Ayuda para limpiar y reparar las fachadas de edificios de viviendas con daños visibles de la DANA de octubre de 2024. Sirve para devolverles el aspecto que tenían antes. Solo se da una ayuda por inmueble y se concede por orden de llegada de las solicitudes completas, hasta agotar el dinero (4.000.000 €).
| Quién la da | COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE VIVIENDA |
|---|---|
| Dónde | Comunitat Valenciana |
| Cuánto | Hasta el 100 % del coste de la obra, con un máximo de 6.000 € por actuación y un mínimo de 300 € |
| Plazo | Abierta hasta el 22 de diciembre de 2026 |
| Para | particulares (tu casa o piso) y comunidades de propietarios |
| Tipo de obra | Rehabilitar o reformar |
| ¿Desgrava en el IRPF? | No de forma directa |
Prepárala paso a paso en la app Ver la convocatoria oficial
Requisitos
- Tener un edificio de viviendas con daños visibles de la DANA en la fachada.
- El edificio debe estar en uno de los municipios de los anexos III y IV de las bases.
- Solo se concede una ayuda por inmueble (misma referencia catastral, 14 primeros caracteres).
- La obra debe ser solo de limpieza y reparación, para devolver el aspecto previo a la DANA.
- El coste subvencionable debe ser de al menos 300 €.
- Si es una comunidad, presenta la solicitud su presidente; si hay varios propietarios, nombrad un representante.
Documentos que necesitas
- Solicitud telemática en la sede electrónica de la Generalitat.
- Presupuesto o factura de la obra de fachada.
- Justificación de los daños causados por la DANA.
- Referencia catastral del inmueble.
- Si no hay comunidad, justificación de la relación jurídica de cada propiedad con el inmueble.
- Documentos de representación del presidente o representante, si procede.
Cómo se pide
- Comprueba que tu municipio está en los anexos III o IV de las bases.
- Reúne el presupuesto o la factura y la documentación de los daños.
- Si hace falta, nombrad representante o que lo presente el presidente de la comunidad.
- Presenta la solicitud completa en la sede electrónica antes del cierre del plazo.
- Si no tienes certificado digital, pide cita en una oficina PROP o en la Xarxa Xaloc.
- Espera la resolución, que se publica en el DOGV.
- Justifica la obra realizada con las facturas, tal como indiquen las bases.
¿Necesitas licencia o basta con declaración responsable?
- Rehabilitar o reformar: Si tocas estructura, fachada o tejado: licencia. Si solo son acabados interiores: declaración responsable.
Lo decide cada ayuntamiento: confírmalo antes de empezar la obra.
Información revisada el 28 de octubre de 2026.